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La vida de los esclavos en las colonias estaba legalmente reglamentada, especialmente en la región del Caribe (Haití o Santo Domingo, Jamaica, Barbados) donde la población africana  superaba en número a los colonos blancos.

En el siglo XVII, el estado francés publicó  una serie de reglamentos que rigieron en sus  colonias americanas (Martinica, Saint Domingue y Luisiana)

   Este código negro (1685) enuncia todas las prohibiciones a los esclavos, determina las sanciones que se les aplicarán por desobedecer y establece su cristianización y las condiciones de su libertad.

Declara al esclavo como un bien una cosa  de la cual su propietario puede disponer libremente.

Se los considera incapaces de decidir y suscribir contratos por sí mismos, y brindar testimonio en un juicio.

No  pueden tener posesiones.

Se les prohibe beber alcohol,portar armas, reunirse y huir de las plantaciones.

Prevé castigos -azotes y muerte- para los fugitivos y capturados.

Si quedaba libre su comportamiento frente a los blancos debía ser de sumisión